Oposiciones Letrados del Consejo de Estado

Resumen de plazas, titulación, programa y pruebas de las oposiciones al Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado.

Escrito por Jaime Mateo Velasco

El 21 noviembre 2023
"

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Las oposiciones de Letrados del Consejo de Estado se convocaron por Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Presidencia del Consejo de Estado.

Para aprobar las oposiciones al Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado, vas a necesitar los mejores consejos que encontrarás en la Guía gratuita  Oposita con eficacia.

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Plazas Oposiciones Letrados Consejo de Estado

En las oposiciones al Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado se han convocado:

  • 4 plazas.

Requisitos Oposiciones Letrados Consejo de Estado

La titulación requerida en las oposiciones al Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado es:

  • Licenciado o graduado universitario en Derecho o título que lo sustituya.

Tiempo de preparación.

Considerando la extensión del temario y la dificultad de los ejercicios se estima un tiempo de preparación adecuada entre 36 y 42 meses.

Esta estimación no sirve para la obtención de plaza, dado que eso depende de otros factores como son la calidad del contenido, el rendimiento propio y el del resto de aspirantes en los exámenes.

Aspirantes admitidos y excluidos.

En este enlace puedes ver la relación de aspirantes admitidos y excluidos.

Cuidados para personas opositoras.

Durante la preparación de oposiciones vas a necesitar cuidados y atenciones para obtener el máximo rendimiento de estudio.

Estas son algunas de las atenciones y cuidados que te conviene realizar:

Temario Oposiciones Letrados Consejo de Estado

El programa que figura como Anexo a la convocatoria consta de:

Primer ejercicio:

  • 1-48 temas de I. Derecho Constitucional.
  • 49-107 temas de II. Derecho Administrativo: Parte General.
  • 108-176 temas de III. Derecho Administrativo: Organización y servicios.
  • 177-214 temas de IV. Derecho Financiero.
  • 215-233 temas de V. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
  • 234-251 temas de VI. Derecho de la Unión Europea.
  • 252-303 temas de VII. Derecho Civil: Parte general, personas, familia y sucesiones.
  • 304-352 temas de VIII. Derecho Civil: Patrimonial, notarial e inmobiliario.
  • 353-397 temas de IX. Derecho Mercantil.
  • 398-422 temas de X. A) Derecho internacional público.
  • 423-429 temas de X. B) Derecho internacional privado.
  • 430-445 temas de XI. Derecho Penal.
  • 446-466 temas de XII. Derecho Procesal.

Segundo ejercicio:

  • 1-57 temas.

Academias de calidad.

Un buen sistema de calidad en las Academias de oposiciones debe basarse en el cumplimiento de unos requisitos básicos en los materiales y servicios que ofrecen para garantizar unos resultados adecuados.

Algunos de esos requisitos básicos son los siguientes:

  • Experiencia como centro de formación.
  • Información sobre resultados: El mejor indicador es el % entre quienes preparan y aprueban en la misma Academia.
  • Transparencia en la contratación. Sin matrícula ni cuotas anuales.
  • Metodología.
  • Materiales de calidad (temas, casos prácticos, test, etc)
  • Profesores con experiencia acreditada.
  • Evaluación contínua individualizada.
  • Resolución de dudas.
  • Aulas no masificadas con mobiliario adecuado.

Pruebas Oposiciones Letrados Consejo de Estado

El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema de oposición.

Fase de oposición.

La oposición constará de 5 ejercicios, de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio oral.

El primer ejercicio consistirá en contestar a 12 temas, uno de cada materia, sacados al azar del programa:

  1. Derecho Constitucional.
  2. Derecho Administrativo: Parte general.
  3. Dcho. Administrativo: Organización y servicios.
  4. Derecho Financiero.
  5. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
  6. Dcho. Comunitario Europeo.
  7. Derecho Civil: Parte general, personas, familia y sucesiones.
  8. Derecho Civil: Patrimonial, notarial e inmobiliario.
  9. Dcho. Mercantil.
  10. Derecho Internacional Público y Privado.
  11. Derecho Penal.
  12. Dcho. Procesal.

El plazo máximo para realizar este ejercicio será de 1 hora y media.

Segundo ejercicio escrito.

El segundo ejercicio consistirá en desarrollar, sin consulta de texto alguno, un mismo tema sacado a la suerte de los comprendidos en el programa del anexo, de cualquiera de las seis materias siguientes:

  1. Historia del Derecho.
  2. Sistemas de Derecho Comparado.
  3. Historia política de España desde el siglo XV.
  4. Historia de las relaciones internacionales a partir de la Edad Moderna.
  5. Filosofía del Derecho y del Estado.
  6. Historia del Pensamiento y de las Instituciones Económicas.

El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de 6 horas.

Tercer ejercicio oral.

El tercer ejercicio consistirá en disertar sobre un tema sacado a la suerte entre los cincuenta que el Tribunal seleccione del cuestionario de temas del primer ejercicio, cuya relación se publicará cuando éste dé comienzo.

El plazo para realizar este ejercicio será, mínimo de media hora y máximo de una hora.

Cuarto ejercicio práctico.

El cuarto ejercicio consistirá en el despacho de un expediente sometido al Consejo, pudiendo consultar los textos legislativos que el Tribunal pondrá a su disposición.

El plazo máximo para realizar este ejercicio será de 12 horas.

De los proyectos de dictamen, una vez examinados por el Tribunal, se dará lectura pública y cada uno de los opositores habrá de contestar a las observaciones que les dirijan los miembros del Tribunal.

Quinto ejercicio idioma.

El quinto ejercicio consistirá en leer y traducir al castellano algunos trozos impresos de literatura jurídica seleccionados por el Tribunal.

El opositor deberá elegir 2 idiomas, entre inglés, francés o alemán. Además de los idiomas elegidos, el opositor podrá pedir examen de cualquier otro idioma como mérito.

Funcionamiento del Tribunal.

Para que el Tribunal pueda actuar será necesaria la asistencia de todos sus miembros.

Si alguno de ellos dejare de asistir a una sesión de los ejercicios orales, no podrá seguir actuando, ni se cubrirá su puesto, debiendo seguir funcionando el Tribunal con los demás.

Cuando algún miembro del Tribunal pierda su condición por cualquier causa, antes del comienzo del primer ejercicio, la Comisión Permanente designará un nuevo miembro que le sustituya.

El Tribunal adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal y, en caso de empate, se repetirá la votación hasta que se obtenga una mayoría, y si a la tercera votación siguiera el empate, lo dirimirá el Presidente con su voto.

Al concluir cada sesión se publicará la relación de opositores aprobados y excluidos, y se convocará a los que deban actuar en la próxima.

Una vez terminada la oposición, el Tribunal publicará la relación de aprobados, no pudiendo en ningún caso rebasar éstos el número de plazas convocadas.

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Oposiciones Reclamaciones y Recursos.

Durante el desarrollo del proceso de selección es posible que necesites un ABOGADO especialista para hacer alguna reclamación o interponer un recurso administrativo o contencioso-administrativo en defensa de tus intereses.

Si necesitas ayuda, puedes enviar un correo a info@aprendeaopositar.com. Te podemos asesorar.

Compara oposiciones.

Antes de empezar a opositar es conveniente comparar oposiciones para que selecciones las que más te gusten y entre éstas elijas la que más te convenga.

Si ya has empezado a preparar pero ves que no te adaptas bien o no te acaba de gustar, lo mejor es parar, comparar y elegir la que mejor se adapte a tus circunstancias.

A través de este enlace puedes comparar varias oposiciones:

BOE Letrados Consejo de Estado

Por Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Presidencia del Consejo de Estado se convocaron las oposiciones de Letrados del Consejo de Estado.

El resumen que hemos hecho en este post incluye los aspectos más relevantes. Pero se recomienda leer la convocatoria con detenimiento para conocer las reglas aplicables a este proceso selectivo.

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Nota: 

La información contenida en este resumen se ha obtenido de la convocatoria de esta oposición y sus anexos. El origen de estos documentos, que son objeto de reutilización, es la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado y la fecha de los mismos es la que figura en el hiperenlace establecido con dicha Agencia al principio de este resumen. En caso de duda o discrepancia prevalecerá el texto del documento publicado en el BOE.

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Hasta el próximo encuentro.

Un saludo.

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